Constituir una expresión especializada de fines comunes para la atención de los sectores de la Administración Pública Estatal.
Elaborados por Dependencias y Entidades que forman parte del sector, coordinado por la Dependencia cabeza de sector. Se indicará en el PED los programas que deberán realizarse.
Aprobados por el COPLADEP en un plazo no mayor a 180 días posteriores a la publicación del PED.
Atender objetivos prioritarios para el desarrollo del Estado.
Determinados por Titular del Ejecutivo. De acuerdo a lo establecido en el PED.
No se define la periodicidad para su aprobación en la LPED. Capitulo IV de Lineamientos para el funcionamiento del COPLADEP, establece sus atribuciones de los programas especiales.**
Establecer las políticas para potencializar las actividades de las regiones del Estado y tienen por objeto impulsar el desarrollo equilibrado de los Municipios de acuerdo a las características geográficas y económicas del territorio.
Se indicará en el PED los programas que deberán realizarse. De acuerdo a lo establecido en el PED.
No se define la periodicidad para su aprobación en la LPED. Capitulo IV de Lineamientos para el funcionamiento del COPLADEP, establece sus atribuciones de los programas regionales.**
Derivado del proceso de actualización de la regionalización del estado y con la finalidad de mantener la consistencia entre los instrumentos del Sistema Estatal de Planeación Democrática, se realizaron ajustes en los identificadores numéricos de los Programas Regionales.
En consecuencia, los identificadores numéricos de los Programas Regionales modificados, generaron también cambios en los Programas Institucionales, por lo que es importante tener en cuenta estos cambios.
Es importante señalar que estas modificaciones tienen efectos exclusivamente para fines de vinculación entre los Instrumentos de Planeación y no cambios en el contenido de los componentes estratégicos.
Identificar, organizar y orientar los instrumentos de política con los que cuentan las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal, para fortalecer sus capacidades y de acuerdo a sus atribuciones y funciones, coadyuvar al cumplimiento de los objetivos y metas del Plan Estatal de Desarrollo.
Elaborados por las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal.**
Aprobados por el COPLADEP en un plazo no mayor a 180 días posteriores a la publicación del PED.
Derivado del proceso de actualización de la regionalización del estado y con la finalidad de mantener la consistencia entre los instrumentos del Sistema Estatal de Planeación Democrática, se realizaron ajustes en los identificadores numéricos de los Programas Regionales.
En consecuencia, los identificadores numéricos de los Programas Regionales modificados, generaron también cambios en los Programas Institucionales, por lo que es importante tener en cuenta estos cambios.
Es importante señalar que estas modificaciones tienen efectos exclusivamente para fines de vinculación entre los Instrumentos de Planeación y no cambios en el contenido de los componentes estratégicos.
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